"...es mayor el tiempo que debo agradar a los de abajo que a los de aquí. Allí reposaré para siempre. Tú, si te parece bien, desdeña los honores de los dioses." Antígona, Sófocles.



martes, 6 de septiembre de 2011

CONFERENCIAS EN PREPARACIÓN DEL ENM DE BARILOCHE

INFORMACIÓN PROHIBIDA- INFORMACIÓN PRO-VIDA
por Gustavo López
Director de Credos de la Provincia de Neuquén
Movimiento por la Vida de Neuquén.

1986 - Argentina - 2011  AUTOCONVOCADAS ¿POR QUÉ?
por María Magdalena D'Angelo
CIDEPROF (*) San Rafael

(*)CENTRO DE INVESTIGACION DE LA PROBLEMÁTICA FAMILIAR


 
 
DOMINGO 11-09-2011

17 a 19 hs.

Salón de Usos Múltiples de Dina Huapi


Entrada libre

viernes, 2 de septiembre de 2011

JUSTIFICACIÓN ELÍPTICA DEL ABORTO A TRAVÉS DE LA DISTORSIÓN DE LAS PALABRAS

por Juan Carlos Monedero (h)


En otras ocasiones hemos hablado de la importancia de las palabras y del escamoteo de la verdad que tiene lugar cuando éstas son manipuladas, impidiendo a los oyentes arribar al conocimiento de ciertas cosas. Ilustremos esto con algún ejemplo.

A principios del año 2009 tuvo lugar en Brasil el aborto provocado de una niña que llevaba un doble embarazo –producto de una violación–, caso que cobró bastante notoriedad. La Conferencia Episcopal brasileña hizo público, una vez conocida la realización del crimen, que la pertinente excomunión era automática e inmediata. Acto seguido, desde Roma, el Arzobispo Rino Fisichella –entonces Presidente de la Pontificia Academia para la vida– dió a conocer mediante L´Obsservatore Romano un artículo que desautorizaba al clero brasileño. Este artículo expresaba determinada opinión que nos servirá de trampolín para entender ciertas consideraciones semánticas y terminológicas. A fin de preservar la identidad de la niña, se usó el seudónimo de Carmen. Leamos algunos de sus fragmentos (Cfr. Del lado de la niña brasileña. http://www.revistacriterio.com.ar/sociedad/del-lado-de-la-nina-brasilena/):

 “Carmen debía ser, en primer lugar, defendida, abrazada, acariciada con dulzura para que pudiera sentir que todos estábamos con ella; todos, sin distinción. Antes de pensar en la excomunión era necesario y urgente salvaguardar su vida inocente y elevarla a un nivel de humanidad del que nosotros, hombres de Iglesia, deberíamos ser expertos anunciadores y maestros. No ha sucedido así y, lamentablemente, se resiente la credibilidad de nuestra enseñanza que se presenta, a los ojos de muchos, como insensible, incomprensible y exenta de misericordia. Es verdad que Carmen llevaba en su seno otras vidas inocentes como la suya, si bien fruto de la violencia que han sido eliminadas; sin embargo, esto no basta para abrir un juicio que pese como una maza”.

Caben varias aclaraciones, elementales pero ignoradas. Para la Jerarquía brasileña “el juicio que pesa como una maza” no recae –obviamente– sobre la niña de entonces 9 años; recae sobre los asesinos del niño por nacer. No habiendo conciencia de pecado, resulta inconsistente sostener que la víctima es acusada. Vista así las cosas, no se entiende por qué sería contraria la consideración y delicadeza para con Carmen, por un lado, y la declaración de la excomunión expresada por los obispos, por otro; a menos –y ésto es lo que se sugiere– que la práctica de la misericordia se encuentre reñida con la práctica de la justicia.

Sigamos leyendo:

“En el caso de Carmen se han enfrentado la vida y la muerte. Debido a su corta edad y sus precarias condiciones de salud, corría serio peligro su vida por el embarazo. ¿Cómo actuar en estos casos? Ardua decisión para el médico y para la misma ley moral. Opciones como esta, si bien con una casuística diferente, se repiten a diario en las guardias hospitalarias y la conciencia del médico se encuentra sola consigo misma en el acto de tener que decidir qué es lo mejor. De todas maneras, nadie llega a una decisión de este tipo con ligereza; es injusto y ofensivo el sólo pensarlo”.

Es difícil no quedar desconcertado ante la lectura de estas líneas, en las que asistimos a la mixtura de cuestiones subjetivas y objetivas, no sólo enlazando indebidamente unas con las otras sino reduciendo y debilitando la cuestión de fondo: la cuestión de justicia. Digámoslo todo: nunca está permitido cometer un mal moral para conseguir un bien. El fin no justifica los medios. ¿Qué importancia tiene que la decisión de matar llegue “con desenvoltura” o sin ella? Es puramente anecdótico. Lo principal es determinar si es ético –o no– cometer el aborto, independientemente de cuánto se lo haya pensado.

Salta a la vista además que la conciencia del médico nunca se encuentra “sola consigo misma” en “el acto de deber decidir qué es lo mejor que se debe hacer”, pues lejos se haya el tema del aborto como cuestión de infundadas y conjeturadas resoluciones, sino por el contrario repleta de contundentes evidencias. El médico no “decide” qué es “lo mejor”: lo mejor es independiente de su decisión. Solo por ignorancia culpable puede desconocer un médico si el aborto es un crimen. Incluso en el caso que dudara honestamente de ello –hipótesis que admitimos a regañadientes– se encuentra obligado a no obrar hasta no resolverla, máxime si se haya en juego una vida humana.

El sólo el hecho de preguntarse Fisichella cómo actuar en estos casos, sugiere que la regla universal de que nunca es lícito cometer un aborto no es tan universal como la enseñanza de la Iglesia prescribe. Nadie se pregunta cómo juzgar moralmente respecto del robo; nadie se pregunta cómo juzgar una violación; nadie se pregunta cómo juzgar un acto de terrorismo.

Ahora bien: si este determinado caso requiere “más deliberaciones” que las ya existentes, evidentemente éstas no son suficientes. Traduzcamos: la regla general de que “todo aborto es un mal” no es regla general. Así, el aborto –artilugio de Fisichella mediante– estaría justificado en algún caso.

“Carmen vuelve a proponer uno de los casos morales más delicados; tratarlo a la ligera no le haría justicia a su frágil persona ni a cuantos están involucrados, con diferentes roles, en esta historia. De todas maneras, como cada caso singular y concreto amerita ser analizado en su peculiaridad y sin generalizaciones”.

Nuevamente se establece una falsa oposición entre misericordia y justicia: de un lado, quienes tratan a la niña con “delicadeza”. Del otro, los fríos teóricos de la moral que condenan el homicidio del nonato, engañosa disyuntiva cuyo único efecto es perturbar la objetividad del juicio que nos merece el aborto. La intención es demorar siquiera la justa condena que este acto nos merece.

Parece poco: sólo “demorar” la condena. El problema es que concediendo aquello –no “generalizando”, reconociendo que este caso hubiese debido “ser analizado en su particularidad”, etc.–, en el fondo lo que el Arzobispo Fisichella está diciendo es que los principios y juicios morales del Magisterio de la Iglesia podrían eventualmente ser inaplicables a algún caso concreto.

Ahora bien, un principio tiene carácter universal y necesario. Si deja de tener vigencia en un caso, entonces ya no sería tal. ¿Qué quedaría de un principio si se encontrara por debajo y no por encima de su aplicación?

¿Quién podría estar en contra de la delicadeza para con la pobre niña víctima de la violación? El artículo de Fisichella registra varias frases como éstas, tan lejanas a la doctrina católica como empeñadas en polemizar lo obvio.

Un análisis más profundo impone nuevas observaciones. La acentuación de los aspectos subjetivos desplaza, lenta pero claramente, la luz existente sobre el problema de fondo. El Arzobispo Fisichella contrapone esta cuestión subjetiva a la objetiva; al responder a la primera de determinada manera, busca vincular y proyectar el primer juicio hacia la segunda –como si éste se desprendiera de aquél–, cuando evidentemente se trata de dos problemas absolutamente distintos. Resultado: una falsa misericordia que termina pisoteando la justicia. Hay una voluntad de esconder una verdad detrás de otra.

Lo que se nos está diciendo es que el principio de que “todo aborto provocado es pecado” no es un principio. Por eso desconcierta leer más adelante este párrafo:

El aborto provocado siempre ha sido condenado por la Ley Moral como un acto intrínsecamente malo y esta enseñanza permanece inmutable hasta nuestros días desde los albores de la Iglesia. El Concilio Vaticano II, en la Gaudium et Spes –documento de gran apertura referido al mundo contemporáneo– utiliza de manera inesperada palabras inequívocas y durísimas contra el aborto directo. La misma colaboración formal constituye una culpa grave que, cuando se realiza, conduce automáticamente fuera de la comunidad cristiana”.

 Si es intrínsecamente malo, preguntamos nosotros, ¿por qué lo justifica Monseñor Fisichella?

Con una diferencia de muy pocos centímetros, el autor afirma y niega lo mismo. Tiene lugar el sí y el no dados simultáneamente: “siempre” ha sido condenado el aborto provocado, pero en este caso condenarlo es propio de “tratos apresurados”.

El final del artículo es realmente escandaloso: “Carmen, estamos de tu parte”. ¿Los obispos brasileños no lo están?:

“Compartimos contigo el sufrimiento que probaste, quisiéramos hacer de todo para restituirte la dignidad de la que fuiste privada y el amor del que tendrás aún más necesidad. Son otros los que merecen la excomunión y nuestro perdón, no quienes te permitieron vivir y te ayudaron a recuperar la esperanza y la confianza, no obstante la presencia del mal y la perversidad de muchos”.

Las noticias hablan que la niña, a pesar de su doble embarazo, no tenía problemas con el mismo. Es decir: ni siquiera en la falsa lógica de los que admitirían el aborto en caso de peligro para la madre, hubiese tenido sentido alguno. Pero aquí hay palabras que no pueden ser desatendidas: ¿Quiénes son los que “han permitido vivir” a Carmen sino los médicos que asesinaron impunemente a sus hijos? Si “son otros” los que merecen la excomunión, los médicos abortistas no la merecen.

Y si ellos la “ayudarán a recuperar la esperanza y la confianza, a pesar de la presencia del mal y la perversidad de muchos”, ¿qué queda sino pensar en la aprobación formal de Fisichella para con este acto injusto y homicida?

No cabe duda que es justo calificar al artículo del Arzobispo como frontalmente opuesto a la doctrina de la Iglesia en lo relativo a la cultura de la vida.


* * *

Ahora bien, alguien podría decir que estamos forzando las palabras del Arzobispo. No sería una observación para desatender, puesto que somos muchos los que tenemos y practicamos una debida consideración para las autoridades de la Iglesia, Cuerpo de Cristo. Quienes nos objeten realmente preocupados por este punto, encontrarán –lo esperamos y deseamos– sus dudas resueltas. Porque si hubiese alguna duda de lo que realmente dijo el Arzobispo, si acaso interpretásemos mal este artículo o hubiésemos exagerado o desfigurado su sentido original, las declaraciones de los grupos abortistas servirán seguramente para clarificar cualquier observación.

Frances Kissling, presidente de honor de Catholics for Choice, escribió el 23 de marzo del 2009, poco más de una semana luego del artículo de Fisichella, lo siguiente:

En un estupefaciente cambio de rumbo en la estrategia del Vaticano, que consiste en no desviarse de su posición según la cual el aborto no debería jamás ser permitido, incluso para salvar la vida de una mujer, el más alto funcionario bioético del Vaticano, el Arzobispo Rino Fisichella, señaló que los doctores que, en Brasil, realizaron un aborto en una nena de 9 años, embarazada de mellizos de 15 semanas, no merecen la excomunión”.

Y también:

“Si los médicos tuviesen conciencia del hecho que alguien, alto en la jerarquía, reconoce que esas situaciones son dilemas morales en las cuales la conciencia debe decidir lo que está bien o mal, ellos podrían decidir que ellos pueden ofrecer el servicio de aborto”.

Kissling entendió perfectamente: la conciencia debe decidir qué es lo bueno, qué lo malo. No es ya rectora la ley moral natural, objetiva, ni las enseñanzas infalibles de la Iglesia que la manifiestan. Con perfecta lógica deduce lo pérfidamente sugerido por Fisichella: los médicos “pueden ofrecer el servicio de aborto”. Concluye entonces:

Se puede apostar que un clamor va a elevarse proveniente de los ultraconservadores en la Iglesia, tal vez una clarificación por el mismo Arzobispo, pero el hecho es que él ha entreabierto una puerta a través de la cual pueden infiltrarse mujeres, médicos, decididores políticos. Estoy agradecida por los pequeños regalos

[Declaraciones de Frances Kisling, presidente de honor de Catholics for Choice, reproducidas por Mons. Michel Schooyans, Profesor Emérito de la Universidad de Lovaina. Memorándum, trabajo entregado a todos los miembros de la Curia Romana, con fecha 6 de junio de 2009, a propósito de las declaraciones realizadas por el Arzobispo Rino Fisichella el 17 de marzo en la publicación Obsservatore Romano (la negrita es nuestra). El Memorándum puede leerse en Internet: http://promoverlavida.blogspot.com/2009/06/memorandum-de-michel-schooyans-la-curia.html. Reproducimos solamente el punto 2 en el cual formula su acusación al Arzobispo: El argumento central de RF (Rino Fisichella) es que el doble aborto estaba justificado por la compasión para con la niña, y por compasión para con los médicos que ejercieron su libertad de elección. RF no recomienda la compasión para con los mellizos abortados. Constatemos simplemente que RF admite aquí el aborto directo”]

Si alguien pensara que criticando al Arzobispo estamos cometiendo un pecado contra la autoridad, una falta de humildad o una desobediencia, le recordaríamos cortésmente que este jerarca está defendiendo el asesinato de una persona:



Feto de 15 semanas

feto de 10 semanas






miércoles, 17 de agosto de 2011

APUNTE DE GNOSEOLOGÍA




Acá encontré un enlace con un apunte de Gnoseología del Dr. Juan A. Casaubón.

Y en el siguiente enlace de la Universidad del Salvador hay también material interesante para cursos de Filosofía, Ética y Filosofía del Derecho.

La foto la tomé de http://www.aica.org/

miércoles, 10 de agosto de 2011

LAS SECUELAS DE LA SENTENCIA CRIMINAL ABORTIVA DE BARILOCHE

El año pasado (2010) un juez penal de la ciudad de Bariloche autorizó un aborto en una joven que alegaba haber sido abusada por sus parientes (luego se comprobó que el niño abortado no era incestuoso). A pesar de que la defensora del menor no nacido Paula Bisogni tratara de impedirlo, el juez penal ordenó matar al niño desentendiéndose de sus derechos e incluso de la misma ley positiva aplicable a este caso.

Como señaláramos en su momento, esta sentencia y el éxito diabólico que tuvo al conseguir, en medio del silencio de los que debían hablar, asesinar al niño, se usaría para instalar el aborto en el resto del país.

Ahora se invocan para autorizar un aborto de un bebé de más de 11 semanas (aprox. 3 meses de vida en el vientre de su madre) los antecedentes de Río Negro y Chubut.

En el caso de Bariloche también una madre alegó que su hija era abusada por el padre y el tío desde hacía años. Sin embargo, la denuncia la hizo solamente para obtener el aborto del nieto. Después se comprobó que era falso el embarazo incestuoso.

En el caso de Posadas pasa lo mismo: una madre pide el aborto de su nieto invocando los abusos a su hija. ¿Qué curioso, no? ¿Dónde estaban estas madres cuando abusaban de sus hijas? ¿Solamente les importa que no nazca el nieto? Además, si en el caso de Bariloche era mentira el incesto y solamente se usó para conseguir imponer de facto el aborto, ¿será verdad el incesto de Posadas?

Transcribimos la noticia completa de http://www.notivida.org/ 

«Año XI, Nº 767, 9 de agosto de 2011
Posadas, Misiones

PEDIDO DE ABORTO EN POSADAS

La madre de una adolescente de 14 años violada y embarazada de 11 semanas solicitó un aborto. Ella y su hermana –que ahora tiene 10 años– habrían comenzado a ser abusadas sexualmente por su tío materno hace dos años. La Red Federal de Familias intenta ayudar a la madre y al hijo. El Gobierno nacional presiona para que practiquen el aborto antes de agotar la vía judicial. Negar el aborto sería “violencia contra la libertad reproductiva de la mujer".

Por Mónica del Río

La madre de una adolescente embarazada tras reiteradas violaciones, pidió -a través de la defensora oficial Elsa Fragueiro- que le practicaran un aborto. El viernes pasado la juez de Familia N° 2, Marta Alegre, denegó la autorización; pero Fragueiro apeló la decisión y el expediente fue remitido a la Cámara Civil y Comercial.

El ofrecimiento de la Red Federal de Familias (RFF)

En una carta abierta difundida hoy, la RFF, presente en Misiones, le pidió a la adolescente embarazada que le permita ayudarla. “Queremos lo mejor para vos y para ese bebé que llevas dentro”, dice la misiva que lleva la firma de Julieta Lardies, delegada provincial de la RFF y Nora García, Secretaria del Equipo provincial de trabajo.

La Red le ofrece a la joven y a su familia un equipo de profesionales –conformado, entre otros, por médicos y psicólogos- y familias dispuestas a adoptar al niño, si luego del nacimiento decidieran no tomar a su cargo la crianza y educación del mismo. “Queremos que sepan que no están solos, que comprendemos su dolor y angustia”, manifestaron.

La presión del Gobierno nacional

En todos los casos de aborto que llegan a la justicia, funcionarios del Gobierno de Cristina Kirchner salen a pedir que asesinen al niño por nacer. En esta oportunidad Pedro Mouratian -que tras el escándalo protagonizado por Claudio Morgado y María Rachid fue designado interventor en el INADI- mencionó los antecedentes de Río Negro y Chubut, y agregó: “debemos tener en cuenta que la judicialización de estos casos implica el riesgo de postergar el aborto hasta un estado más avanzado del embarazo que lo vuelva impracticable, poniendo en mayor riesgo la vida y la salud integral de las mujeres, que recurren, en muchos casos, al aborto clandestino”. Mientras que Perla Prigoshin, que encabeza la Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de la Violencia de Género (CONSAVIG), organismo creado en la órbita del Ministerio de Justicia de la Nación a partir de la Ley Nº 26.485 de Violencia contra la mujer, afirmó que la negativa a practicar el aborto a “una joven violada por un integrante de su familia configura violencia institucional que implica, además, violencia contra la libertad reproductiva”.



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NOTIVIDA, Año XI, Nº 767, 9 de agosto de 2011



Editores: Lic. Mónica del Río y Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja »

miércoles, 3 de agosto de 2011

III CONGRESO NACIONAL DE FILOSOFÍA DEL DERECHO - Más información


REGLAMENTO DEL CONGRESO

COMISIONES Y PONENCIAS

Alrededor de los temas centrales, que son orientativos, los participantes podrán presentar Ponencias que se expondrán y deliberarán en las distintas Comisiones.

Se conformarán cuatro comisiones de trabajo: Filosofía del Derecho, Filosofía Política, Penal y Bioética.

Las Ponencias se expondrán en las comisiones por 15'. Primero, la ponencia estricta y luego los fundamentos. Previéndose 10' para debatirlas, quedando a criterio del presidente de cada comisión, la asignación de mayor tiempo si el debate así lo requiere.

Plazo de presentación: 26 de Agosto de 2011.

Requisitos de presentación:

- Máximo 12 páginas tamaño A 4, incluidas las notas

- Fuente: Times New Roman 12, Espaciado sencillo.

- En el encabezado a la derecha, primera hoja apellido y nombre del ponente, institución académica a la que pertenece.

- Después del título, en no más de cinco renglones se colocará una síntesis de la misma, y luego la fundamentación.

- Las ponencias deberán enviarse vía correo postal -impresas y en CD, en formato Word (versión 97 en adelante)-, a la siguiente dirección: López y Planes 1031- dirigido a la Dra. Ilda B.Dellamea de Gentile, Presidente de la Asociación San Fernando del Río Negro.-

- Al final de la ponencia, deberán consignarse los restantes datos personales del ponente (D.N.I., domicilio, dirección de correo electrónico y teléfono).

viernes, 10 de junio de 2011

"ÓRDENES SON ÓRDENES" Y "LA LEY ES LA LEY"

tomado de Radbruch, Gustav; Arbitrariedad legal y derecho supralegal, Abeledo‐ Perrot, 1962


“...El Nacionalsocialismo supo maniatar a sus secuaces, por una parte a los soldados, por la otra a los juristas, por medio de dos principios: "órdenes son órdenes" y "la ley es la ley".

El principio "órdenes son órdenes" nunca gozó de validez ilimitada. La obligación de obediencia cesaba respecto de las órdenes orientadas hacia fines delictivos de quien las daba (Código Penal Militar, artículo 47).

El principio "la ley es la ley" no conoció por el contrario ninguna limitación. Era la expresión del pensamiento jurídico positivista que durante muchos decenios predominó casi sin oposición entre los juristas alemanes. "Arbitrariedad legal" era por lo tanto una contradicción en sí, lo mismo que "derecho supralegal". Sin embargo, la práctica se ve llevada a enfrentarse una y otra vez con ambos problemas.

Así fue publicada y comentada en "Süddeutsche Juristenzeitung" una decisión del Tribunal de Primera Instancia de Wiesbaden, según la cual "las leyes que declaraban transferidas al Estado las propiedades de los judíos estaban en contradicción con el derecho natural y eran por lo tanto nulas desde el tiempo de su promulgación" (SJZ, pág. 36)...”

jueves, 9 de junio de 2011

PRESENTACIÓN DE DOS LIBROS

UCA DERECHO

Presentación de dos libros

En defensa del derecho penal

(AA.VV., director Siro M.A. De Martini, EDUCA, 2008),

y


Fines de la pena. Abolicionismo. Impunidad

(AA.VV., director Héctor H. Hernández,

Cathedra Jurídica, 2010).


Martes 14 de junio,

de 16 a 17.30 horas,

con presencia de los directores.


Aula a confirmar, Campus Puerto Madero

Av. Alicia Moreau de Justo 1400.


Carrera de Especialización en Derecho Penal

Centro de Derecho Constitucional

Centro de Graduados de Derecho

Centro de Estudiantes de Derecho

Varias cátedras de Derecho Penal y Filosofía del Derecho


Informes