NOTIVIDA, Año XII, Nº 831, 11 de junio de 2012 El texto del proyecto del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación está inserto en un curioso y desprolijo proyecto de ley de aprobación. Resulta ilógico y contradictorio que el Ejecutivo envíe al Congreso el texto que reforma y unifica los códigos y, simultáneamente, un procedimiento para arribar al tratamiento del mismo y su ulterior aceptación o rechazo. Es facultad del Congreso de la Nación establecer los mecanismos para la sanción de leyes. EL PROYECTO DE LEY DEL EJECUTIVO Por Ricardo Bach de Chazal En el discurso de apertura de las sesiones del Congreso de Un desprolijo proyecto de ley de aprobación El texto del Proyecto fue remitido al Senado de A simple vista, nos parece que al adoptarse ese orden se ha colocado “el carro delante del caballo”, dado que se coloca en primer término al título que trata de la aprobación del proyecto de modificaciones del Código Civil y las demás adecuaciones del ordenamiento jurídico que la iniciativa exige, y, recién en segundo lugar, las disposiciones de procedimiento que podrían dar lugar o no a esa aprobación y modificaciones. Por otra parte, ambos títulos son recíproca y simultáneamente incompatibles, toda vez que si se aprueba el contenido del título primero, viene a resultar superflua la inclusión del título segundo, llamado “preliminar”, que se ocupa del especial procedimiento legislativo que permitiría arribar a ese fin. O se aprueba la iniciativa unificadora de los códigos, o se establece un procedimiento para arribar al tratamiento de la misma y su ulterior aceptación o rechazo, pero no ambas cosas a la vez. En este sentido, lo que hubiera resultado formalmente más correcto es que el Poder Ejecutivo Nacional remitiera para la consideración del Poder Legislativo el Anteproyecto elaborado por En las próximas entregas analizaremos el núcleo de reformas de mayor incidencia en cuestiones atinentes a la vida y la familia. (continúa) ______________ [2] “Fundamentos del Anteproyecto de Código Civil y Comercial de [3] http://www.nuevocodigocivil.com/pdf/Texto-del-Proyecto-de-Codigo-Civil-y-Comercial-de-la-Nacion.pdf _________________________________________ NOTIVIDA, Año XII, Nº 831, 11 de junio de 2012 Editores: Lic. Mónica del Río y Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja Página web: www.notivida.org Email: notivida@hotmail.com Para suscribirse al boletín ingrese aquí _________________________________________ Citando la fuente y el autor, se autoriza la reproducción total o parcial de los artículos contenidos en cada número del boletín |
"...es mayor el tiempo que debo agradar a los de abajo que a los de aquí. Allí reposaré para siempre. Tú, si te parece bien, desdeña los honores de los dioses." Antígona, Sófocles.
2 comentarios:
Es URGENTE que cambie aquella ley y/o articulos segun el cual a una persona le rematan la vivienda y la dejan en la CALLE por deber expensas. Esto para lo unico que que sirve es para beneficiar a los administradores de edificios que lo unico que hacen es ROBAR
Gracias por tu comentario pero desconozco la cuestión ssobre la que hablás.
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